La industria española necesita estabilidad política y seguridad jurídica

España es una de las grandes democracias del mundo. El semanario británico 'The Economist' sitúa año tras año a España en el grupo de las "democracias plenas" del mundo, destacando en procesos electorales, pluralismo y libertades civiles. Así consta en 'Democracy Index', el índice de referencia en el análisis de la situación de la democracia en el mundo, elaborado por la Unidad de Inteligencia de 'The Economist', en el que España se sitúa en la 19 posición de un ranking de 167 países.

Hemos conseguido formar parte de este grupo de países privilegiados democráticamente, gracias, entre otros factores, a los pilares constitucionales de nuestro Estado social y democrático de Derecho. No es baladí que hagamos esta reflexión: la estabilidad política, las libertades de contratación, el respeto a la propiedad privada, la libertad de empresa y la seguridad jurídica están íntimamente ligadas al desarrollo económico e industrial de las naciones.

Para atraer inversiones, potenciar nuestros principales sectores industriales e innovadores y volver a la senda de crecimiento económico que genera empleo es fundamental seguir apuntalando nuestra Monarquía Parlamentaria, proyectando estabilidad jurídico-administrativas y minimizar incertidumbre política. En un contexto de profunda recesión económica como el que vivimos en la actualidad sería un profundo desliz abrir debates que cambien profundamente nuestro proyecto político común.

La seguridad jurídica es fundamental para todo inversor, nacional o extranjero. Priorizarán siempre la inversión en mercados, países o sectores en que el riesgo regulatorio sea bajo. Un marco laboral y fiscal estable es clave para poder realizar planes de negocio realistas y, por ende, valoraciones de compañías acertadas y seguras. En determinados sectores regulados, como infraestructuras o energía, la necesidad de un marco regulatorio estable y racional es fundamental para que esa inversión se revitalice y aumente.

El deseo de una pronta recuperación económica nos obliga a respetar el equilibrio y la autonomía de las instituciones, perseverar en los valores democráticos e interiorizar que democracia y Estado de Derecho son realidades inseparables, pues crean el único espacio en el que se puede vivir y emprender en libertad y el único marco en el que un ciudadano puede desarrollarse con igualdad de oportunidades.

Es obvio que nuestro modelo democrático es perfectible, como todo en la vida. Hay algunos aspectos en los que los poderes públicos deberían impulsar reformas estructurales que ayuden a que España sea un país más competitivo, económicamente más próspero y desarrollado.

En primer lugar, pienso que es necesario trabajar unidos, con espíritu de concordia y estableciendo valores compartidos. Debemos trabajar para impulsar un Pacto de Estado para la Industria desde el consenso, el cumplimiento de los compromisos, la rendición de cuentas y la ética política. El sector industrial español necesita un plan a largo plazo, independiente de vaivenes políticos, que dé estabilidad a nuestra economía y que la posicione en el lugar que le corresponde por su nivel de desarrollo económico. Sabemos que las grandes compañías elaboran sus planes estratégicos a largo plazo y que en ellos se fijan decisiones de inversión que no deben ser amenazadas por cambios normativos improvisados.

Ese Pacto Nacional por la Industria puede ser el foro adecuado para impulsar una profunda actualización de nuestra Ley de Industria y puede servir también como catalizador para la creación de un Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Industria, que incorporase a las Comunidades Autónomas y a relevantes agentes empresariales y tecnológicos, para abordar los principales retos de futuro de nuestra base industrial y tecnológica.

En segundo lugar, defiendo que el marco administrativo y jurídico debe ser más simple y ágil. Debemos aprovechar las ventajas de la digitalización y la transformación digital para reducir burocracia, reducir los costes asociados a los trámites exigidos, simplificar el marco jurídico y evitar duplicidades.

Las empresas españolas, desde el día de su creación, sufren una burocracia administrativa que las asfixia, las desmotiva y les resta recursos y tiempo. Abrir un negocio en España lleva una media de 13 días, según datos del Informe Doing Business del Banco Mundial. Este dato se sitúa muy encima de países vecinos como Francia, con 3,5 días o Portugal, con 4,5 días. La media de los países de la OCDE está en 8,3, por lo que también lo superamos con creces, ocupando la posición 97 en el mundo de dicho informe. Es tal la maraña de gestiones a realizar, que muchos emprendedores ni siquiera son capaces de llegar al final del tortuoso camino y poner en marcha su iniciativa.

Según datos de Foro Regulación Inteligente, entre 1976 y 2016 se han publicado más de 35.000 normas de rango estatal. Además, las comunidades autónomas emiten un promedio anual de entre 200 y 300 nuevas leyes y decretos, lo que añade entre 700.000 y 800.000 páginas de regulación cada curso. Por si esto no fuese suficiente, la Unión Europea introduce cada año alrededor de 2.000 reglamentos, directivas y decisiones, que se suman a los 105.000 acuerdos o estándares que requiere Bruselas a todos sus socios.

Sólo en 2019 se aprobaron 648 nuevas normas a nivel estatal, 309 a nivel autonómico y 1995 a nivel europeo. Más de un millón de páginas con nueva legislación se publicaron el año pasado en España. Estos reveladores datos pretenden ilustrar que esta indiscutible inflación administrativa solo añade complicaciones, incertidumbre, costes y amenazas a aquellos que crean empleo.

En consonancia con lo anterior, el Gobierno de España también debe impulsar todas aquellas reformas necesarias para conseguir una verdadera unidad de mercado. La unidad de mercado constituye un principio económico esencial para el funcionamiento competitivo de la economía española. Con el fin de hacer efectivo el principio de unidad de mercado, en las últimas décadas se han llevado a cabo importantes esfuerzos. Sin embargo, y a pesar de las medidas adoptadas, la fragmentación subsiste en el mercado español, lo que se traduce en un elevado coste que dificulta de forma considerable la actividad de las empresas. La necesidad de eliminar este coste, así como los obstáculos y trabas derivados del crecimiento de la regulación ha sido una de las principales demandas que los operadores económicos han venido trasladando en los últimos años.

Esta fragmentación del mercado nacional dificulta la competencia efectiva e impide aprovechar las economías de escala que ofrece operar en un mercado de mayores dimensiones, lo que desincentiva la inversión y, en definitiva, reduce la productividad, la competitividad, el crecimiento económico y el empleo, con el importante coste económico que supone en términos de prosperidad, empleo y bienestar de los ciudadanos.

Es urgente corregir diferencias entre autonomías y exigir una correcta coordinación entre los diferentes estamentos públicos, vía Consejo para la Unidad de Mercado, para armonizar las exigencias legales a las empresas y emprendedores. La obligación de conocer una lengua cooficial para determinadas actividades que efectivamente no lo requieren y la diferenciación de normas de etiquetado, seguridad, medioambientales, fabricación, entre otras cuestiones, no facilitan la creación de un mercado competitivo eficiente. Al contrario, generan inseguridad jurídica, limitación de obtención de economías de escala y exceso de burocracia que desincentiva a la inversión nacional y extranjera.

También destaco la necesidad de actualizar una parte sustancial de la legislación que rige la actividad económica. En permanente contacto con sindicatos y patronales, las autoridades públicas deben adaptar las normas obsoletas (cada vez ocurre con más frecuencia y rapidez dada la velocidad que imprime la tecnología) para evitar distorsiones de mercado y pérdida de competitividad en el mundo global. Esto no implica la creación de más normas si se aprovecha la actualización para derogar y simplificar el marco legal (normalmente sectorial) anterior.

El cuarto aspecto que considero que se debe abordar es la agilización y fortalecimiento de nuestro sistema judicial. Es importante que España sea un país en el que confiar y que respete el Estado de Derecho para propiciar un clima que favorezca la iniciativa privada y las inversiones empresariales. Pensamos que es un asunto crucial mejorar el funcionamiento de nuestra administración de justicia, respetando el equilibrio de poderes y la autonomía de todos ellos. Las sentencias deben cumplirse y las estructuras jurídicas deben despolitizarse lo más posible.

La pandemia y sus efectos económicos provocará un auténtico tsunami de nuevos procedimientos legales y agravará, aún más, la situación de la administración de justicia, que presentaba ya unos evidentes síntomas de agotamiento por una falta endémica de medios. La saturación de los juzgados de lo mercantil, agravada por la paralización de estos durante el periodo de alarma, está poniendo en riesgo la viabilidad de muchas empresas, la salvaguarda de miles de puestos de trabajo y está perjudicando a muchas empresas en conflictos de marca o competencia. Situaciones como despidos, ERE, ERTE, procedimientos de Seguridad Social, concursos de empresas, impagos, desahucios, procedimientos de familia, recursos contra sanciones impuestas por el confinamiento, entre otras cuestiones, han acabado de torpedear el normal funcionamiento de la justicia en España.

Es imprescindible subir la ratio de jueces por habitante, invertir en medios para poder dictar sentencias y apoyar las 108 propuestas del plan de choque para los juzgados que recientemente ha presentado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El Plan de Choque para evitar el colapso de los juzgados aprobado por el Gobierno de España el pasado 7 de julio de 2020, aunque va en la buena dirección, se nos antoja absolutamente insuficiente. España debe de hacer un esfuerzo mucho mayor en este programa para converger con los estándares europeos: el número de jueces por habitante en España (12,1 por cada 100.000 habitantes) es mucho menor que la ratio europea (21,6).

De igual forma habría que establecer mecanismos para reducir la litigiosidad. Medidas tendentes a la agilización podrían establecer sanciones para supuestos de ejercicio abusivo, reducir recursos en la fase de instrucción penal, fomentar las resoluciones in voce para asuntos sencillos o sustituir trámites escritos por comparecencias.

En quinto lugar, se detecta la necesidad de hacer cambios en la normativa referente a los Planes Urbanísticos de Desarrollo Industrial. En primer lugar, señalemos que nos encontramos ante una materia de plena competencia de las Comunidades Autónomas, donde el Estado solo tiene atribuidas unas competencias básicas que garanticen la igualdad de derechos y obligaciones en el cumplimiento de los deberes constitucionales, relacionados con el suelo, así como garantizar que se lleve a cabo un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano. Por tanto, las actuaciones generales deberán tener la condición de Recomendaciones, sin perjuicio de los acuerdos políticos que nazcan para favorecer la reindustrialización española.

De acuerdo con esta primera aclaración, resaltaremos que la ocupación del suelo para actividades económicas ha experimentado grandes cambios en los últimos años, coincidiendo con la evolución en las formas de producción, transporte, almacenamiento y logística de las industrias. Transformaciones que van a ser más profundas a partir de la implantación de la llamada Industria 4.0.

La actual situación de las actividades ha devenido de cambios en la estructura general de la actividad económica, donde el terciario ha crecido con mucha más intensidad, tanto en ocupación laboral como en demanda de espacio. Han aparecido nuevas actividades relacionadas con la logística, que son grandes consumidoras de suelo, y otras tradicionalmente localizadas en el interior de las ciudades, como los servicios a las empresas o actividades de ocio, que se están ubicando cada vez más en estos espacios, lo que introduce una competencia por el uso del suelo donde el gran perjudicado es el sector industrial tradicional. Esta tendencia continuará avanzando en los próximos años, al tiempo que se instalen las referidas industrias 4.0 por lo que las metodologías clásicas para estimar las demandas de este tipo de suelo atendiendo a la evolución previsible del empleo, o de la inversión industrial, tendrán que ser revisadas.

Confirmamos la importancia estratégica de la industria y su relación con el sector terciario y, aunque las sociedades evolucionan hacia economías más complejas, es un deber inexcusable fomentar y dirigir las políticas públicas hacia la existencia potente de un sector industrial estratégico fuertemente integrado con el terciario. Es más, la búsqueda inexorable hacia una economía del conocimiento requiere una base industrial muy sólida.

Estamos transitando hacia las industrias 4.0 donde se produce un nuevo modelo de organización y de control de la cadena de valor a través del ciclo de vida del producto y a lo largo de los sistemas de fabricación apoyado y hecho posible por las tecnologías de la información. Estas nuevas “Fábricas Inteligentes” o "Internet industrial" implican que los sistemas informáticos van a tener que estar más integrados y conectados de lo que están actualmente, lo que quiere decir que todas las aéreas del negocio desde la producción, pasando por la cadena de suministro, distribuidores y hasta llegar al cliente final, van a requerir de una integración y vinculación total para poder ofrecer un mejor servicio y calidad durante la cadena de valor del ciclo de vida de sus productos.

El asentamiento industrial, especialmente en el futuro, va a requerir unas demandas de suelo notables de gran calidad en su urbanización, lo que no se compadece con el clásico polígono industrial o las actuaciones extraordinarias y ajustadas a cada situación (cada Comunidad Autónoma les otorga un nombre distinto) en suelos no urbanizables.

Nuevas demandas de grandes espacios de altísima condición y aptitud para dar cabida a las tecnologías de la información van a necesitar que las actuaciones inversoras encuentren la posibilidad de que su implantación no esté encorsetada en la vetusta planificación urbanística española, que habitualmente adolece de falta de adaptación a la realidad socioeconómica, dejando de lado que el territorio no solo hace referencia a un ámbito espacial sino que comprende magnitudes sociales, económicas y ambientales.

Recomiendo que, ante la demanda de nuevos suelos industriales, junto a los habituales proyectos estratégicos y urbanísticos, se estudien necesariamente los sistemas económicos cuya inversión se proponen instalar. La traducción práctica sería conseguir transitar de un urbanismo planificador obsoleto y conflictivo a un urbanismo de proyectos específicos de suelo industrial, que superando los requerimientos de estrategia territorial y ambientales puedan ejecutarse en plazos razonablemente cortos.

No tiene sentido que grandes proyectos empresariales estén parados por la saturación de las administraciones autonómicas, provinciales, municipales, metropolitanas, confederaciones hidrográficas, aeronáuticas, culturales o viarias. Además, nos encontramos con que, en muchos casos, esa multitud de entes exigen al administrado el encaje de trámites que se encadenan de una manera inconexa e incongruente. Por ello, consideramos positivo que se valore la creación de oficinas de gestión, ágiles, con plazos definidos de respuesta, que den impulso administrativo a los proyectos industriales. Para ello, hay que modificar el criterio tradicional y garantista de la comprobación previa del cumplimiento de las condiciones para la obtención de las autorizaciones, para aplicar un criterio de inspección posterior; eso sí, con rotunda exigencia de responsabilidades para el caso de incumplimiento por parte de las empresas.

La sexta recomendación que quiero destacar es sobre la necesidad de potenciar los instrumentos para reforzar lo que comúnmente hemos venido denominando “segunda oportunidad”. Es necesario poner en marcha una mejora de Ley de Segunda Oportunidad dirigida a todos los empresarios que, a pesar de que se haya hecho todo lo posible para evitarlo, finalmente tengan que cerrar. En la mayoría de los casos las deudas les impide volver a emprender.

Esta realidad, que se ha visto agravada por la pandemia del COVID-19, exige cambios que faciliten no condenar de por vida a una parte importante de nuestros emprendedores. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, regula actualmente estos supuestos en España. La Ley se Segunda Oportunidad ha pasado relativamente desapercibida entre los candidatos a poder beneficiarse de ella desde que entró en vigor en 2015. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de los cálculos del Centro de Estudios sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, la cifra de personas que se ha acogido a esta tabla de salvación es de sólo 9.000 personas. Esta normativa permite exonerar a particulares y autónomos del pago de una deuda a acreedores, siempre que se demuestre que el interesado cumplirá con una serie de requisitos imprescindibles para beneficiarse de ella: que actúen de buena fe para intentar un acuerdo con los acreedores y aplazar la deuda, y que se comprometan a un calendario de pago o a pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y solicitar ante un tribunal la exoneración de la deuda. En países europeos como Italia, Alemania o Francia, en los que existen mecanismos de segunda oportunidad desde hace más de siete años, se están realizando aproximadamente entre 100.000 y 150.000 casos cada año.

Las deficiencias y lagunas de la ley, el generalizado desconocimiento de la misma, y las limitaciones a la exoneración de deudas, han hecho que se trate todavía de un cauce relativamente poco conocido y apto para perfiles a veces demasiado limitados.

Queda pendiente de resolver una difícil contrariedad. Las personas que deben recurrir a esa ley, normalmente, carecen de recursos suficientes para afrontar el coste del procedimiento. Desempleo, embargos generalizados y ausencia de patrimonio les impiden disponer de recursos suficientes. Y el suyo no es el caso de los sobre endeudados quienes, por mala administración o liberalidades, se endeudaron en exceso con la complicidad de las entidades financieras. Por ello debería arbitrarse, al amparo del artículo 119 de la Constitución, la ampliación de los beneficios de la justicia gratuita y establecer criterios judiciales más sencillos, con unificación de vías de inicio del expediente (siempre ante Notario) y de tramitación judicial (siempre ante los Juzgados de lo Mercantil, más especializados).

De igual modo, pienso que también se debería abordar la fijación obligatoria de alimentos a los deudores en el concurso derivado de la Segunda Oportunidad, que permitan atender razonablemente a sus necesidades de subsistencia personales y familiares. También el alzamiento de embargos y suspensión de ejecuciones desde el mismo momento del inicio del expediente, especialmente cuando las ejecuciones tengan por objeto la vivienda habitual del deudor, para evitar desahucios prematuros y abusivos. Por último, en referencia a esta cuestión que lamentablemente tomará protagonismo durante los próximos años, pensamos que  se debería abordar la ampliación de la exoneración de pasivos a las deudas con Hacienda y Seguridad Social (en la línea de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las propuestas de la Directiva de referencia), la liberación de avales prestados por familiares próximos y el establecimiento de medidas coercitivas específicas para obligar a los acreedores y a ficheros de morosos a acatar inmediatamente la exoneración de las deudas.

En otro orden de cosas, no quisiera dejar pasar por alto la importancia de reforzar las patentes españolas, así como los nombres comerciales y marcas que sirvan para distinguir unos productos de otros vía Oficina Española de Patentes y Marcas. También es de vital importancia para el sector industrial resolver las carencias en defensa de la competencia. El desarrollo de una libre competencia en el mercado favorece los intereses tanto de las empresas como de los consumidores. Por ello, la Ley de Defensa de la Competencia defiende la competencia de prácticas que puedan restringirla o falsearla.

A veces, algunas empresas se ponen de acuerdo para restringir la producción con la finalidad de alterar los precios o se reparten el mercado en detrimento de otros competidores, o abusan de una posición dominante para influir sobre los precios y conseguir mayores beneficios.

Para impedir estos comportamientos, la Ley de Defensa de la Competencia, a través de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), debe ser más ágil a la hora de vigilar, inspeccionar e investigar este tipo de prácticas, de instruir los expedientes contra quienes incurran en ellas y de establecer las sanciones correspondientes. Aconsejo, además de la coordinación efectiva con las agencias de la competencia autonómicas, la redacción de un nuevo Libro Blanco que encauce un verdadero proceso deliberativo sobre las reformas a emprender, que facilite la tarea del legislador, y que cierre espacios al oportunismo.

 

 

 

 

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