La industria española necesita estabilidad política y seguridad jurídica
España es una de las grandes democracias del
mundo. El semanario británico 'The Economist' sitúa año tras año a España en el
grupo de las "democracias plenas" del mundo, destacando en procesos
electorales, pluralismo y libertades civiles. Así consta en 'Democracy Index',
el índice de referencia en el análisis de la situación de la democracia en el
mundo, elaborado por la Unidad de Inteligencia de 'The Economist', en el que
España se sitúa en la 19 posición de un ranking de 167 países.
Hemos conseguido formar parte de este grupo
de países privilegiados democráticamente, gracias, entre otros factores, a los
pilares constitucionales de nuestro Estado social y democrático de Derecho. No
es baladí que hagamos esta reflexión: la estabilidad política, las libertades
de contratación, el respeto a la propiedad privada, la libertad de empresa y la
seguridad jurídica están íntimamente ligadas al desarrollo económico e industrial
de las naciones.
Para atraer inversiones, potenciar nuestros
principales sectores industriales e innovadores y volver a la senda de
crecimiento económico que genera empleo es fundamental seguir apuntalando
nuestra Monarquía Parlamentaria, proyectando estabilidad
jurídico-administrativas y minimizar incertidumbre política. En un contexto de
profunda recesión económica como el que vivimos en la actualidad sería un
profundo desliz abrir debates que cambien profundamente nuestro proyecto
político común.
La seguridad jurídica es fundamental para
todo inversor, nacional o extranjero. Priorizarán siempre la inversión en
mercados, países o sectores en que el riesgo regulatorio sea bajo. Un marco
laboral y fiscal estable es clave para poder realizar planes de negocio
realistas y, por ende, valoraciones de compañías acertadas y seguras. En
determinados sectores regulados, como infraestructuras o energía, la necesidad
de un marco regulatorio estable y racional es fundamental para que esa
inversión se revitalice y aumente.
El deseo de una pronta recuperación económica
nos obliga a respetar el equilibrio y la autonomía de las instituciones,
perseverar en los valores democráticos e interiorizar que democracia y Estado
de Derecho son realidades inseparables, pues crean el único espacio en el que
se puede vivir y emprender en libertad y el único marco en el que un ciudadano
puede desarrollarse con igualdad de oportunidades.
Es obvio que nuestro modelo democrático es
perfectible, como todo en la vida. Hay algunos aspectos en los que los poderes
públicos deberían impulsar reformas estructurales que ayuden a que España sea
un país más competitivo, económicamente más próspero y desarrollado.
En primer lugar, pienso que es necesario
trabajar unidos, con espíritu de concordia y estableciendo valores compartidos.
Debemos trabajar para impulsar un Pacto de Estado para la Industria desde el
consenso, el cumplimiento de los compromisos, la rendición de cuentas y la
ética política. El sector industrial español necesita un plan a largo plazo,
independiente de vaivenes políticos, que dé estabilidad a nuestra economía y
que la posicione en el lugar que le corresponde por su nivel de desarrollo
económico. Sabemos que las grandes compañías elaboran sus planes estratégicos a
largo plazo y que en ellos se fijan decisiones de inversión que no deben ser
amenazadas por cambios normativos improvisados.
Ese Pacto Nacional por la Industria puede ser el foro adecuado para impulsar una profunda actualización de nuestra Ley de Industria y puede servir también como catalizador para la creación de un Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Industria, que incorporase a las Comunidades Autónomas y a relevantes agentes empresariales y tecnológicos, para abordar los principales retos de futuro de nuestra base industrial y tecnológica.
En segundo lugar, defiendo que el marco
administrativo y jurídico debe ser más simple y ágil. Debemos aprovechar las
ventajas de la digitalización y la transformación digital para reducir
burocracia, reducir los costes asociados a los trámites exigidos, simplificar
el marco jurídico y evitar duplicidades.
Las empresas españolas, desde el día de su
creación, sufren una burocracia administrativa que las asfixia, las desmotiva y
les resta recursos y tiempo. Abrir un negocio en España lleva una media de 13
días, según datos del Informe Doing Business del Banco Mundial. Este dato se
sitúa muy encima de países vecinos como Francia, con 3,5 días o Portugal, con
4,5 días. La media de los países de la OCDE está en 8,3, por lo que también lo
superamos con creces, ocupando la posición 97 en el mundo de dicho informe. Es
tal la maraña de gestiones a realizar, que muchos emprendedores ni siquiera son
capaces de llegar al final del tortuoso camino y poner en marcha su iniciativa.
Según datos de Foro Regulación Inteligente,
entre 1976 y 2016 se han publicado más de 35.000 normas de rango estatal. Además,
las comunidades autónomas emiten un promedio anual de entre 200 y 300 nuevas
leyes y decretos, lo que añade entre 700.000 y 800.000 páginas de regulación
cada curso. Por si esto no fuese suficiente, la Unión Europea introduce cada
año alrededor de 2.000 reglamentos, directivas y decisiones, que se suman a los
105.000 acuerdos o estándares que requiere Bruselas a todos sus socios.
Sólo en 2019 se aprobaron 648 nuevas normas a
nivel estatal, 309 a nivel autonómico y 1995 a nivel europeo. Más de un millón
de páginas con nueva legislación se publicaron el año pasado en España. Estos
reveladores datos pretenden ilustrar que esta indiscutible inflación
administrativa solo añade complicaciones, incertidumbre, costes y amenazas a
aquellos que crean empleo.
En consonancia con lo anterior, el Gobierno
de España también debe impulsar todas aquellas reformas necesarias para
conseguir una verdadera unidad de mercado. La unidad de mercado constituye un
principio económico esencial para el funcionamiento competitivo de la economía
española. Con el fin de hacer efectivo el principio de unidad de mercado, en
las últimas décadas se han llevado a cabo importantes esfuerzos. Sin embargo, y
a pesar de las medidas adoptadas, la fragmentación subsiste en el mercado
español, lo que se traduce en un elevado coste que dificulta de forma
considerable la actividad de las empresas. La necesidad de eliminar este coste,
así como los obstáculos y trabas derivados del crecimiento de la regulación ha
sido una de las principales demandas que los operadores económicos han venido
trasladando en los últimos años.
Esta fragmentación del mercado nacional
dificulta la competencia efectiva e impide aprovechar las economías de escala
que ofrece operar en un mercado de mayores dimensiones, lo que desincentiva la
inversión y, en definitiva, reduce la productividad, la competitividad, el
crecimiento económico y el empleo, con el importante coste económico que supone
en términos de prosperidad, empleo y bienestar de los ciudadanos.
Es urgente corregir diferencias entre autonomías y exigir una correcta coordinación entre los diferentes estamentos públicos, vía Consejo para la Unidad de Mercado, para armonizar las exigencias legales a las empresas y emprendedores. La obligación de conocer una lengua cooficial para determinadas actividades que efectivamente no lo requieren y la diferenciación de normas de etiquetado, seguridad, medioambientales, fabricación, entre otras cuestiones, no facilitan la creación de un mercado competitivo eficiente. Al contrario, generan inseguridad jurídica, limitación de obtención de economías de escala y exceso de burocracia que desincentiva a la inversión nacional y extranjera.
También destaco la necesidad de actualizar
una parte sustancial de la legislación que rige la actividad económica. En
permanente contacto con sindicatos y patronales, las autoridades públicas deben
adaptar las normas obsoletas (cada vez ocurre con más frecuencia y rapidez dada
la velocidad que imprime la tecnología) para evitar distorsiones de mercado y
pérdida de competitividad en el mundo global. Esto no implica la creación de
más normas si se aprovecha la actualización para derogar y simplificar el marco
legal (normalmente sectorial) anterior.
El cuarto aspecto que considero que se debe
abordar es la agilización y fortalecimiento de nuestro sistema judicial. Es
importante que España sea un país en el que confiar y que respete el Estado de
Derecho para propiciar un clima que favorezca la iniciativa privada y las
inversiones empresariales. Pensamos que es un asunto crucial mejorar el
funcionamiento de nuestra administración de justicia, respetando el equilibrio
de poderes y la autonomía de todos ellos. Las sentencias deben cumplirse y las
estructuras jurídicas deben despolitizarse lo más posible.
La pandemia y sus efectos económicos
provocará un auténtico tsunami de nuevos procedimientos legales y agravará, aún
más, la situación de la administración de justicia, que presentaba ya unos
evidentes síntomas de agotamiento por una falta endémica de medios. La
saturación de los juzgados de lo mercantil, agravada por la paralización de
estos durante el periodo de alarma, está poniendo en riesgo la viabilidad de
muchas empresas, la salvaguarda de miles de puestos de trabajo y está
perjudicando a muchas empresas en conflictos de marca o competencia.
Situaciones como despidos, ERE, ERTE, procedimientos de Seguridad Social,
concursos de empresas, impagos, desahucios, procedimientos de familia, recursos
contra sanciones impuestas por el confinamiento, entre otras cuestiones, han
acabado de torpedear el normal funcionamiento de la justicia en España.
Es imprescindible subir la ratio de jueces
por habitante, invertir en medios para poder dictar sentencias y apoyar las 108
propuestas del plan de choque para los juzgados que recientemente ha presentado
el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El Plan de Choque para evitar el
colapso de los juzgados aprobado por el Gobierno de España el pasado 7 de julio
de 2020, aunque va en la buena dirección, se nos antoja absolutamente
insuficiente. España debe de hacer un esfuerzo mucho mayor en este programa
para converger con los estándares europeos: el número de jueces por habitante
en España (12,1 por cada 100.000 habitantes) es mucho menor que la ratio
europea (21,6).
De igual forma habría que establecer
mecanismos para reducir la litigiosidad. Medidas tendentes a la agilización
podrían establecer sanciones para supuestos de ejercicio abusivo, reducir
recursos en la fase de instrucción penal, fomentar las resoluciones in voce
para asuntos sencillos o sustituir trámites escritos por comparecencias.
En quinto lugar, se detecta la necesidad de
hacer cambios en la normativa referente a los Planes Urbanísticos de Desarrollo
Industrial. En primer lugar, señalemos que nos encontramos ante una materia de
plena competencia de las Comunidades Autónomas, donde el Estado solo tiene
atribuidas unas competencias básicas que garanticen la igualdad de derechos y
obligaciones en el cumplimiento de los deberes constitucionales, relacionados
con el suelo, así como garantizar que se lleve a cabo un desarrollo sostenible,
competitivo y eficiente del medio urbano. Por tanto, las actuaciones generales
deberán tener la condición de Recomendaciones, sin perjuicio de los acuerdos
políticos que nazcan para favorecer la reindustrialización española.
De acuerdo con esta primera aclaración,
resaltaremos que la ocupación del suelo para actividades económicas ha
experimentado grandes cambios en los últimos años, coincidiendo con la
evolución en las formas de producción, transporte, almacenamiento y logística
de las industrias. Transformaciones que van a ser más profundas a partir de la
implantación de la llamada Industria 4.0.
La actual situación de las actividades ha
devenido de cambios en la estructura general de la actividad económica, donde
el terciario ha crecido con mucha más intensidad, tanto en ocupación laboral
como en demanda de espacio. Han aparecido nuevas actividades relacionadas con
la logística, que son grandes consumidoras de suelo, y otras tradicionalmente
localizadas en el interior de las ciudades, como los servicios a las empresas o
actividades de ocio, que se están ubicando cada vez más en estos espacios, lo que
introduce una competencia por el uso del suelo donde el gran perjudicado es el
sector industrial tradicional. Esta tendencia continuará avanzando en los
próximos años, al tiempo que se instalen las referidas industrias 4.0 por lo
que las metodologías clásicas para estimar las demandas de este tipo de suelo
atendiendo a la evolución previsible del empleo, o de la inversión industrial,
tendrán que ser revisadas.
Confirmamos la importancia estratégica de la
industria y su relación con el sector terciario y, aunque las sociedades
evolucionan hacia economías más complejas, es un deber inexcusable fomentar y
dirigir las políticas públicas hacia la existencia potente de un sector
industrial estratégico fuertemente integrado con el terciario. Es más, la
búsqueda inexorable hacia una economía del conocimiento requiere una base
industrial muy sólida.
Estamos transitando hacia las industrias 4.0
donde se produce un nuevo modelo de organización y de control de la cadena de
valor a través del ciclo de vida del producto y a lo largo de los sistemas de
fabricación apoyado y hecho posible por las tecnologías de la información.
Estas nuevas “Fábricas Inteligentes” o "Internet industrial" implican
que los sistemas informáticos van a tener que estar más integrados y conectados
de lo que están actualmente, lo que quiere decir que todas las aéreas del
negocio desde la producción, pasando por la cadena de suministro,
distribuidores y hasta llegar al cliente final, van a requerir de una
integración y vinculación total para poder ofrecer un mejor servicio y calidad
durante la cadena de valor del ciclo de vida de sus productos.
El asentamiento industrial, especialmente en
el futuro, va a requerir unas demandas de suelo notables de gran calidad en su
urbanización, lo que no se compadece con el clásico polígono industrial o las
actuaciones extraordinarias y ajustadas a cada situación (cada Comunidad
Autónoma les otorga un nombre distinto) en suelos no urbanizables.
Nuevas demandas de grandes espacios de
altísima condición y aptitud para dar cabida a las tecnologías de la
información van a necesitar que las actuaciones inversoras encuentren la
posibilidad de que su implantación no esté encorsetada en la vetusta
planificación urbanística española, que habitualmente adolece de falta de adaptación
a la realidad socioeconómica, dejando de lado que el territorio no solo hace
referencia a un ámbito espacial sino que comprende magnitudes sociales,
económicas y ambientales.
Recomiendo que, ante la demanda de nuevos
suelos industriales, junto a los habituales proyectos estratégicos y
urbanísticos, se estudien necesariamente los sistemas económicos cuya inversión
se proponen instalar. La traducción práctica sería conseguir transitar de un
urbanismo planificador obsoleto y conflictivo a un urbanismo de proyectos
específicos de suelo industrial, que superando los requerimientos de estrategia
territorial y ambientales puedan ejecutarse en plazos razonablemente cortos.
No tiene sentido que grandes proyectos
empresariales estén parados por la saturación de las administraciones
autonómicas, provinciales, municipales, metropolitanas, confederaciones
hidrográficas, aeronáuticas, culturales o viarias. Además, nos encontramos con
que, en muchos casos, esa multitud de entes exigen al administrado el encaje de
trámites que se encadenan de una manera inconexa e incongruente. Por ello,
consideramos positivo que se valore la creación de oficinas de gestión, ágiles,
con plazos definidos de respuesta, que den impulso administrativo a los
proyectos industriales. Para ello, hay que modificar el criterio tradicional y
garantista de la comprobación previa del cumplimiento de las condiciones para
la obtención de las autorizaciones, para aplicar un criterio de inspección
posterior; eso sí, con rotunda exigencia de responsabilidades para el caso de
incumplimiento por parte de las empresas.
La sexta recomendación que quiero destacar es
sobre la necesidad de potenciar los instrumentos para reforzar lo que
comúnmente hemos venido denominando “segunda oportunidad”. Es necesario poner
en marcha una mejora de Ley de Segunda Oportunidad dirigida a todos los
empresarios que, a pesar de que se haya hecho todo lo posible para evitarlo,
finalmente tengan que cerrar. En la mayoría de los casos las deudas les impide
volver a emprender.
Esta realidad, que se ha visto agravada por
la pandemia del COVID-19, exige cambios que faciliten no condenar de por vida a
una parte importante de nuestros emprendedores. El Real Decreto-ley 1/2015, de
27 de febrero, regula actualmente estos supuestos en España. La Ley se Segunda
Oportunidad ha pasado relativamente desapercibida entre los candidatos a poder
beneficiarse de ella desde que entró en vigor en 2015. Según el Instituto
Nacional de Estadística (INE), a través de los cálculos del Centro de Estudios
sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, la cifra de personas que se ha acogido
a esta tabla de salvación es de sólo 9.000 personas. Esta normativa permite
exonerar a particulares y autónomos del pago de una deuda a acreedores, siempre
que se demuestre que el interesado cumplirá con una serie de requisitos
imprescindibles para beneficiarse de ella: que actúen de buena fe para intentar
un acuerdo con los acreedores y aplazar la deuda, y que se comprometan a un
calendario de pago o a pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra
dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y solicitar ante un
tribunal la exoneración de la deuda. En países europeos como Italia, Alemania o
Francia, en los que existen mecanismos de segunda oportunidad desde hace más de
siete años, se están realizando aproximadamente entre 100.000 y 150.000 casos
cada año.
Las deficiencias y lagunas de la ley, el
generalizado desconocimiento de la misma, y las limitaciones a la exoneración
de deudas, han hecho que se trate todavía de un cauce relativamente poco
conocido y apto para perfiles a veces demasiado limitados.
Queda pendiente de resolver una difícil
contrariedad. Las personas que deben recurrir a esa ley, normalmente, carecen
de recursos suficientes para afrontar el coste del procedimiento. Desempleo,
embargos generalizados y ausencia de patrimonio les impiden disponer de
recursos suficientes. Y el suyo no es el caso de los sobre endeudados quienes,
por mala administración o liberalidades, se endeudaron en exceso con la
complicidad de las entidades financieras. Por ello debería arbitrarse, al
amparo del artículo 119 de la Constitución, la ampliación de los beneficios de
la justicia gratuita y establecer criterios judiciales más sencillos, con
unificación de vías de inicio del expediente (siempre ante Notario) y de
tramitación judicial (siempre ante los Juzgados de lo Mercantil, más
especializados).
De igual modo, pienso que también se debería
abordar la fijación obligatoria de alimentos a los deudores en el concurso
derivado de la Segunda Oportunidad, que permitan atender razonablemente a sus
necesidades de subsistencia personales y familiares. También el alzamiento de
embargos y suspensión de ejecuciones desde el mismo momento del inicio del
expediente, especialmente cuando las ejecuciones tengan por objeto la vivienda
habitual del deudor, para evitar desahucios prematuros y abusivos. Por último,
en referencia a esta cuestión que lamentablemente tomará protagonismo durante
los próximos años, pensamos que se
debería abordar la ampliación de la exoneración de pasivos a las deudas con
Hacienda y Seguridad Social (en la línea de la jurisprudencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea y las propuestas de la Directiva de referencia),
la liberación de avales prestados por familiares próximos y el establecimiento
de medidas coercitivas específicas para obligar a los acreedores y a ficheros
de morosos a acatar inmediatamente la exoneración de las deudas.
En otro orden de cosas, no quisiera dejar
pasar por alto la importancia de reforzar las patentes españolas, así como los
nombres comerciales y marcas que sirvan para distinguir unos productos de otros
vía Oficina Española de Patentes y Marcas. También es de vital importancia para
el sector industrial resolver las carencias en defensa de la competencia. El
desarrollo de una libre competencia en el mercado favorece los intereses tanto
de las empresas como de los consumidores. Por ello, la Ley de Defensa de la
Competencia defiende la competencia de prácticas que puedan restringirla o
falsearla.
A veces, algunas empresas se ponen de acuerdo
para restringir la producción con la finalidad de alterar los precios o se
reparten el mercado en detrimento de otros competidores, o abusan de una
posición dominante para influir sobre los precios y conseguir mayores
beneficios.
Para impedir estos comportamientos, la Ley de
Defensa de la Competencia, a través de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia (CNMC), debe ser más ágil a la hora de vigilar, inspeccionar e
investigar este tipo de prácticas, de instruir los expedientes contra quienes
incurran en ellas y de establecer las sanciones correspondientes. Aconsejo,
además de la coordinación efectiva con las agencias de la competencia
autonómicas, la redacción de un nuevo Libro Blanco que encauce un verdadero
proceso deliberativo sobre las reformas a emprender, que facilite la tarea del
legislador, y que cierre espacios al oportunismo.
Comentarios
Publicar un comentario